Las parejas sobre hecho no podri?n pretender pension compensatoria

Las parejas sobre hecho no podri?n pretender pension compensatoria

Aunque la reglamento no contempla esta figura, que solo esta regulada Con El Fin De los matrimonios, hay la por medio de de el “enriquecimiento injusto”, para demandar En caso de que ha habido acuerdo.

En caso de que has resuelto descomponer con tu pareja de hecho asi­ como rogar a las tribunales medidas acerca de la custodia de los ninos desplazandolo hacia el pelo utilizo de la residencia familiar, debes conocer, si no existe pacto al respecto, que no puedes solicitar una pension compensatoria, por motivo de que esta figura, Conforme nuestra legislacion civil esta reservada a las matrimonios.

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia recientemente (pincha aca para obtener a la sentencia) en la cual decide en contra de una femina que habia demandado a su pareja de hecho detras de 16 anos de vida sobre convivencia, solicitando medidas referente a las hijos comunes asi­ como la residencia, e igualmente la pension compensatoria de 1.500 euros mensuales.

La sentencia del judicatura le dio la causa, aunque solo en pieza, senalando la pension sobre 500 eurillos mensuales. De ello tuvo en cuenta que la femina se habia dedicado en de mi?s grande modo al precaucion de las hijos asi­ como del hogar familiar desplazandolo hacia el pelo la distinta aptitud economica sobre ambas partes al lapso sobre romperse la convivencia, que habia durado mas de 16 anos de vida. La Audiencia confirmo la resolucion, aunque el Tribunal Supremo para terminar considera que no dispone de derecho a la pension reclamada.

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Nunca seri­a probable rogar todo en la misma demanda

La Sala de el Supremo puntualiza en primer punto, que en la estatuto no Tenemos una norma que prevea la acumulacion en un unico transcurso sobre la totalidad de las acciones dirigidas a poner fin a la comunicacion de pareja, igual que seri­a en este caso, en que se acumula una peticion sobre pension con las cuestiones referidas a la patria potestad, la custodia, las vi­veres de las hijos comunes y no ha transpirado el manejo de la residencia familiar.

Asi­ como esto por motivo de que la accion sobre peticion de la pension dentro de las miembros sobre una pareja sobre hecho nunca esta comprendida dentro de los procesos matrimoniales regulados en la normativa de causa Civil. Esto supone que habria que interponer dos demandas una la relativa a las medidas en los hijos asi­ como casa familiar, y otra distinta referente a los temas economicos que unico incumben a los miembros sobre la pareja.

En nuestro Codigo Civil nunca Existen regulacion general de estas parejas de hecho

El Codigo Civil nunca contempla una regulacion general de las parejas nunca casadas. Ciertos efectos si se han equiparado, pero no en lo referente a la pension compensatoria, que se establece en el escrito 97 de el codigo. Nunca Tenemos prevision legal que determine que, en la ocasion sobre la ruptura, se haya previsto la compensacion sobre ningun modelo.

Alguna comunidad autonoma ha intentado regular esta clase sobre consecuencias acerca de las rupturas de las parejas de hecho, igual que la Comunidad Valencia, que podria haberse aplicado a este caso, No obstante precisamente los productos que regulaban las consecuencias civiles sobre estas uniones fueron declarados inconstitucionales asi­ como nulos por el Tribunal Constitucional, por motivo de que separado el Estado puede regular este motivo.

Indemnizacion por “enriquecimiento injusto”

La medida an esos casos pasaria por pedir una prestacion economica basada en la teoria de el “enriquecimiento injusto”, debido a que habria que acreditar un aumento de el patrimonio del enriquecido, y correlativamente un empobrecimiento del que solicita la indemnizacion, tambien de que no exista causa que justifique el enriquecimiento.

COMPENSACION ECONOMICA EN RUPTURAS POR CESE sobre CONVIVENCIA

La pension compensatoria esta regulada en el articulo 97 del Codigo Civil, sin embargo solo esta pensada de casos en las que la separacion o divorcio exista creado la etapa de trastorno matrimonial Con El Fin De Algunos de los conyuges.

Si este desnivel surge en las rupturas de pareja de hecho, podria aplicarse la tesis de el “enriquecimiento injusto”, con aquellos requisitos

– aumento de el patrimonio del enriquecido;

– correlativo empobrecimiento de el que solicita la indemnizacion;

– falta de causa que justifique el enriquecimiento

En el caso particular, la femina habia alegado que los 16 anos de vida que habia durado la convivencia, asi­ como el modo en que se habian organizado, permitio al demandado impulsar su profesion, entretanto que la chica, dedicada al precaucion de los hijos y sobre la vivienda, tuvo menor recorrido profesional y su grado de ingresos era abundante inferior. Lo cual habria generado un “enriquecimiento injusto”.

El Tribunal Supremo no obstante no www.hookupdates.net/es/sexfinder-opinion/ estuvo en sintonia con esta conclusion porque a lo largo de el lapso en que la pareja estuvo unida, la chica verdaderamente nunca se dedico en monopolio al hogar, sino que desarrollo una actividad remunerada. No hubo puesto que, enriquecimiento injusto que justificara la indemnizacion.

En caso de que deseas conocer mas acerca de las prestaciones economicas tras las separaciones y divorcios pincha aqui

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