Diez causas por las que se puede publicar ineficaz un matrimonio
El Codigo de Derecho Canonico contempla numerosas situaciones por las que el casamiento celebrado no es valido
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La dependencia excesiva de uno de los conyuges a su origen o su pater puede ser causa sobre inutil matrimonial. Nunca se alcahueteria de la ultima ocurrencia de el vicario general del tribunal religioso sobre la zona sobre Liguria (Italia) sino Algunos de los tipos de inutil que figuran en el Codigo sobre Derecho Canonico.
Si bien existen gran cantidad de motivos por las que un matrimonio es considerado no valido, el Codigo sobre Derecho Canonico divide las causas en 3 desmesurados grupos: las situaciones externas que hacen imposible contraer casamiento (impedimentos); las situaciones internas que afectan a la voluntad de quienes van a contraer matrimonio desplazandolo hacia el pelo permite este invalido (vicios sobre consentimiento) desplazandolo hacia el pelo las formalidades que se deben seguir Con El Fin De contraer un casamiento valido (defectos sobre manera).
Cada una de estas 3 causas generales se dividen a su vez en varios clases. A continuacion, algunos de los razones que contempla la Iglesia de admitir que el matrimonio celebrado nunca seria valido:
1. Impedimento de impotencia tanto en el varon como en la mujer (canon 1084). Se alcahueteria de una circunstancia personal que impide que se pueda hacer el evento conyugal de estilo natural. En el caso de el varon tiene que acontecer capaz sobre ereccion, penetracion y no ha transpirado eyaculacion para que el matrimonio se pudiese consumar. En caso de que falta alguna sobre estas 3 cosas esa persona es impotente pero exteriormente competente sobre engendrar hijos. En el caso sobre la mujer puede darse la particularidad de padecer frigidez.
2. Impedimento de vinculo (canon 1085). Si la humano esta casada canonicamente y sin que lo sepa nadie logra contraer nuevamente casamiento, por ejemplo, en la localidad o un estado desigual, ese segundo casamiento seria ineficaz, porque estaba vinculado con anterioridad an una diferente ser.
3. Impedimento sobre consanguinidad (canon 1091). Entre 2 hermanos (de el mismo padre y no ha transpirado la misma madre) no se puede contraer casamiento por motivo de que existe un impedimento sobre derecho natural. En el caso de primos hermanos el obispo puede dispensar ese impedimento. En el primer caso, en velocidades, nunca.
4. Vicio de consentimiento por carecer sobre empleo de razon (canon 1095, 1?). Puede darse el caso que una que es Slutroulette sujeto, todavia estando gran sobre perduracion, nunca tenga funcii?n sobre razon debido an una indisposicion psiquica. Esa alma nunca puede manifestar un consentimiento valido debido a que ese casamiento celebrado puede considerarse nulo por vicio de consentimiento.
5. Vicio sobre consentimiento por grave desperfecto de discrecion de juicio (canon 1095, 2?). Se puede dar en el caso de una pareja de novios que luego sobre dos anos de vida de relaciones la novia se da cuenta de que esta embarazada. Las padres al enterarse sobre la nueva presionan a las jovenes para que se casen pese a que ellos no se encuentran decididos. En caso de que durante el transcurso se logra tratar que alguno o las 2 nunca han sido libres internamente para manifestar el consentimiento, ese casamiento puede declararse anulado.
6. Nulidad por incompetencia Con El Fin De asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas sobre esencia psiquica (canon 1095, 3?). En este apartado puede incluirse el caso descrito por el vicario general del tribunal sacerdote sobre Liguria, no obstante se incorporan muchas mas cosas que suceden en la practica, igual que las casos de delicado inmadurez al momento sobre contraer casamiento desplazandolo hacia el pelo cuyo resultado se obtiene a traves de pruebas psicologicas desplazandolo hacia el pelo psiquiatricas. La dependencia psicologica de uno de los conyuges al padre, origen, hermano o amigo es un desorden de la personalidad, que pese a nunca acontecer considerado la enfernedad mental si incapacita a la cristiano de acrecentar las deberes conyugales. En diferentes epocas en este apartado se incluian muchos casos sobre homosexualidad de el varon, que contraian casamiento presionados por el entorno social, No obstante que despues se veian incapaces sobre seguir con las obligaciones matrimoniales.
7. Error sobre la ser (canon 1097). Se daba en la perduracion Media cuando las reyes pactaban un matrimonio desplazandolo hacia el pelo las futuros conyuges se veian por primera ocasii?n el fecha de la enlace. Alli se daban cuenta que la humano que se habia presentado no era el futuro esposo u esposa. Hoy dia seria dificil que se produzca, aunque podria darse en el caso de celebrarse un casamiento por procurador.
8. Dolo provocado de lograr el consentimiento (canon 1098). Ser aseptico nunca seria causa sobre nulidad matrimonial si la contraparte esta al normal sobre esta eventualidad. En cambio, En Caso De Que la ser conoce que es desinfectado asi como lo oculta porque En caso de que nunca se celebra el matrimonio, por lo tanto si es causa sobre inepto.
9. Simulacion de el matrimonio por exclusion sobre la sobre las caracteristicas esenciales –unidad o fidelidad, indisolubilidad y no ha transpirado apertura a la vida– (canon 1101). Es el caso sobre la humano que al momento sobre casarse simula un consentimiento. En su fuero interior esta excluyendo alguna de estas caracteristicas esenciales de el casamiento igual que la fidelidad, la indisolubilidad o la procreacion. Por ejemplo, se hogar aunque no con la intencion sobre tener hijos desplazandolo hacia el pelo su conyuge no lo conoce. El impedimento en dichos casos seria la prueba, No obstante generalmente suele haber testigos que han oreja a muchas de estas zonas manifestar sus verdaderas intenciones.
10. Por desperfecto de maneras (canon 1108). Son las causas menor frecuentes. Aproximadamente de estas 300.000 sentencias que ha dictado el Tribunal de la Rota Romana en toda su historia, solo 755 han sido por defecto sobre manera. Se da, por ejemplo, cuando una casamiento se celebra por otro sacerdote desigual al de la parroquia en donde figura el expediente sobre bautismo sobre la novia y no ha transpirado sin la delegacion correspondiente del parroco. Si no existe esa delegacion (una clase de autorizacion), Tenemos un defecto de forma y el matrimonio seria ineficaz.
Desde el Tribunal sobre la Rota Espanola explican a ABC que las causas mas frecuentes de inutil son por ineptitud de aceptar las obligaciones de el casamiento desplazandolo hacia el pelo la simulacion. En el caso sobre ineptitud, la generalidad de las causas que se tramitan responden a la delicado inmadurez de alguno de las conyuges o la dependencia psicologica.
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